Ieserh
 
Alumnos - Reglamentos
Normas Académicas y Administrativas para alumnos IESERH

El  reglamento tiene por objeto resumir los derechos y obligaciones de los alumnos que cursan sus estudios en el Instituto IESERH.

 INDICE

  1. DE LA INSCRIPCIÓN A PRIMERO, SEGUNDO O TERCER AÑO
  2. DE LA DOCUMENTACIÓN DEL ALUMNO
  3. DEL CURSADO y HOMOLOGACIÓN
  4. DE LOS EXÁMENES
  5. DE LOS ARANCELES
  6. DE LOS CAMBIOS DE CARRERA O MODALIDAD

1.             INSCRIPCIONES

1.1                   De la matriculación.

 Los alumnos ingresantes al primer año de alguna de las carreras del Instituto IESERH deben completar su matriculación, llenando el formulario de inscripción correspondiente, firmando el contrato de servicios (si es mayor de 21 años) y abonando el arancel de matrícula vigente. Los menores de edad deberán hacer firmar el contrato de servicio por alguno de sus padres o tutores para formalizar la inscripción.

Serán dados de alta al Ministerio de Educación aquellos alumnos que hayan  completado el legajo de inscripción, requisito para completar el trámite:

  • 3 fotos carnet
  • Fotocopia DNI
  • Certificado de salud (estampillado o de organismo público)
  • Fotocopia legalizada del título secundario o constancia de título en trámite.

1.2                   Inscripciones al segundo, tercero (y siguientes años, de corresponder):

La matriculación es anual. Todo alumno que desee cursar el segundo o tercer año de una de las carreras o re cursar como mínimo una materia debe realizar el trámite de re matriculación en el período habilitado al efecto (octubre a febrero de cada año), completando el formulario de re-matriculación que dará continuidad al contrato de servicios. Asimismo deberá abonar el arancel por matrícula vigente en cualquier caso.

1.3                   INGRESO CON EL CICLO LECTIVO INICIADO

Si por disposiciones internas o externas se posibilitase el ingreso de un alumno con el ciclo lectivo ya iniciado, éste deberá abonar los aranceles como si hubiese ingresado en a principio de año. El costo mínimo anual de la carrera es para todos los alumnos el mismo. Los casos se analizarán individualmente.

1.4                   ALUMNO QUE SE INCORPORA EN SEGUNDO O TERCER AÑO PROVENIENTE DE OTRO ESTABLECIMIENTO:

Consultar tratamiento específico por año.-

 2              DOCUMENTACIÓN PARA EL ALUMNO

2.1                   LIBRETA DEL ESTUDIANTE

La libreta es el documento del alumno para hacer trámites administrativos en la Institución: inscripción a exámenes, solicitud de constancias, etc.

Es el documento para poder presentarse a rendir examen y donde se deja constancia de la calificación obtenida.

Sólo se entregará libreta a aquellos alumnos que completaron, con la documentación requerida, el legajo personal.

Las mismas se entregarán para alumnos de primer año en los meses de Septiembre/Octubre antes de las inscripciones a  los exámenes finales.

2.2                   Extravío de la Libreta.

El alumno que hubiese perdido su libreta, para solicitar una nueva deberá contar con denuncia de extravío, pérdida o robo y abonar una tasa por reposición y confección.

2.3                   Legajo de Alumno

El alumno debe contar con el legajo completo con tres fotos, fotocopia de su DNI, Acreditación del título secundario y certificación de buena salud. Esta documentación debe entregarla el alumno a fines de ser dado de alta como tal en el período de inscripción al primer año.

2.4                   Título Oficial

Finalizado el cursado del trayecto curricular y una vez aprobado todos los finales de las materias del plan de estudio, el Instituto solicitará al Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe la emisión del título correspondiente al plan de estudio. Este trámite depende de los tiempos administrativos del Ministerio que puede ser de por lo menos seis meses.

 3              CURSADO              

3.1                   REGULARIDAD

Para obtener la condición de regular en una materia determinada, el alumno debe contar con la aprobación de los parciales y/o trabajos prácticos y debe dar cumplimiento con la asistencia mínima obligatoria: 60% y 75% si acredita empleo o no, respectivamente.

Los alumnos de primero y segundo año que rindan exámenes finales de materias dentro de los seis turnos consecutivos que otorga la regularidad no pagarán derecho de examen si no adeudan cuotas, siempre y cuando estén matriculados. Los alumnos de tercero no abonarán el derecho sino hasta el turno de julio del año posterior al de finalización de cursado.

 Ejemplo de vencimiento de Regularidad: Materia regularizada en 2009 tiene seis turnos contando diciembre de 2009 (diciembre 2009 -marzo 2010 - julio 2010 - dic 2010 - mar 2011 - julio 2011). Vencimiento de la regularidad: julio 2011.-

 Los alumnos no matriculados, es decir ,que no cursan y que solo se inscriben para rendir exámenes finales de materias regulares, pagarán el derecho de examen por materia como los egresados.

SOBRE LAS EXTENSIONES DE REGULARIDAD

Se otorgará EXTENSIONES DE REGULARIDAD exclusivamente en los siguientes casos:

Alumnos o egresados, que sean de un 4to. año o más y que se le venza una o más materias.

Alumnos que sean de un tercer año y que puedan acreditar alguna enfermedad o embarazo.

La extensión será por un turno, no a elecciòn del alumno, sino al inmediato posterior. Pasado ese turno, no se extenderá ni se volverá a otorgar la extensiòn.

La extensiòn la debe solicitar el alumno, via mail a director@ieserh.com.ar o capacitacion@ieserh.com.ar

Si el alumno está matriculado y no adeuda cuotas, no pagará derecho de examen. Si no está matriculado pagará el derecho de examen.

Sino procede la extensión de regularidad el alumno quedará libre en la materia al vencimiento del sexto turno desde que obtuvo la regularidad.

3.2                   MATERIAS LIBRES

La condición de Libre en una materia determinada está dada por no haber alcanzado la regularidad durante su cursado o por vencimiento de la regularidad. El alumno puede rendir en esta condición una materia pero requiere una autorización que no es automática. El criterio de autorización es restrictivo y conforme a normas del Ministerio.

Al día de la fecha no está permitido adelantar materias, rindiendo libremente cursos superiores.

ALUMNOS QUE PUEDEN SOLICITAR AUTORIZACIÓN PARA RENDIR LIBRE:

1) Alumnos matriculados que rindan materias libres del mismo año que están cursando.

 Ej. Alumno de 1º que quiere rendir libre una materia de 1º, en diciembre o marzo.

 Podrán rendir libre sin pagar arancel alguno con la condición de tener al día las cuotas y la autorización académica hasta el turno marzo anterior al inicio del ciclo lectivo siguiente. Es decir, el alumno, de ser autorizado, puede rendir libre materias del mismo año que cursa sin costo alguno, en los turnos de diciembre y marzo.

2) Alumnos no matriculados totalmente al año de la materia libre o re-cursantes que rindan materias libres.  

Ej. Alumno de 2º que quiere rendir libre una materia de 1º.

Es para alumnos que quieren rendir libre materias de años anteriores, luego de iniciado el ciclo lectivo.

En este caso, rendir libre una materia tendrá el mismo costo que el re cursado de la misma sin el requisito de matricularse ni del pago de la matrícula.  Consultar administrativamente los valores. 

El estudiante tiene la posibilidad de rendir en tres turnos consecutivos (tres oportunidades para aprobarla) y se le ofrece el espacio de tutorías para todo tipo de consultas (en el caso de materias no troncales) y las clases propiamente dichas para las materias troncales a las que asistirían en calidad de 'oyentes', en el sentido de que no tendrían que cumplir con las formalidades de la cátedra (parciales, asistencia, prácticos).

 3.3             HOMOLOGACIONES

La homologación es un trámite mediante el cual se exime a un alumno de cursar y rendir una materia determinada del plan de estudios considerando que los contenidos de la misma coinciden con una materia aprobada en otra institución oficialmente reconocida por el Ministerio de Educación.

El alumno interesado en tramitar la homologación de materias deberá efectuar el trámite exclusivamente durante los meses marzo/abril de cada año y solamente de las materias del año que va a cursar. Si por alguna disposición futura se le permitiese adelantar el cursado, es decir, hacer 2 años en 1, el interesa pagará como los demás alumnos: 3 años completos y la cuota se mantendrá indivisible. El beneficio temporal de hacer la carrera en menos años no implicará un beneficio económico en relación a los demás alumnos.

Para el trámite mencionado, el alumno deberá presentar oportunamente un analítico oficial de materias aprobadas en otra institución y los programas legalizados de dichas materias. La cátedra del instituto correspondiente evaluará si corresponde o no la homologación. La decisión es inapelable.

4              EXÁMENES

Los exámenes son Parciales o Finales, escrito u orales.

 

LOS ALUMNOS DEBERÁN PRESENTAR SU LIBRETA PARA RENDIR,(O solicitar LA AUTORIZACIÓN a  ALUMNADO  para luego presentarla en las fechas establecidas por la institución para su actualización)

 

En el momento de la apertura de la mesa, el alumno deberá estar presente y entregar la libreta al docente titular, o enviarla a través de un compañero de estudio, familiar etc, quien además lo incluirá en el listado confeccionado para el ingreso.Comenzada la mesa el docente o vocal,  deberá preguntar periódicamente si alguien más se agregó a la lista, hasta un período de 1 hora a contar desde la apertura de la mesa.

En el caso que el alumno por algún  motivo, no pueda estar presente ni enviarla por terceros a la hora de la apertura, ni presentarse en el término de 1 hora posterior ( por distancia, demora de colectivos, laborales etc) deberá comunicarse telefónicamente a TE: 4471275/4406992 y avisar su retraso confirmando, su voluntad de presentarse al examen y será examinado, siempre que la mesa se encuentre constituída.

Si la mesa no pudo ser habilitada por ausencia de alumnos en el horario establecido, se deberá aplicar 30 minutos de tolerancia de espera  del horario de constitución de la misma, y dejar asentada en un acta respaldo que se les entregará en alumnado.

 

 

4.1                   PARCIALES

El período de toma de exámenes parciales es finalizando el primer cuatrimestre del ciclo lectivo. La modalidad de evaluación de este tipo de examen  es determinada por el docente a cargo de la cátedra. Las fechas se informan vía web ieserh y en los paneles informativos de la institución. Los alumnos habilitados deben contar los aranceles al día y con la asistencia mínima requerida en el cuatrimestre, 60% para quienes acrediten certificado de  trabajo y 75% para quienes no lo acrediten. En algunas modalidades se solicitan trabajos prácticos obligatorios.

4.2                   EXAMENES FINALES

Los turnos para rendir finales son los siguientes: Noviembre/Diciembre (dos llamados) - Febrero/Marzo (dos llamados) - Julio (un llamado).

  • De la inscripción al turno. El alumno deberá inscribirse para los turnos del calendario académico en Secretaría con autorización administrativa o libre deuda. La fecha de inscripciones será publicada en los sitios de informes del instituto y/o en la página web www.ieserh.com.ar con la antelación necesaria.  Es obligación del alumno informarse de las fechas de exámenes y del período de inscripciones.
  • La inscripción para rendir exámenes finales no implica autorización definitiva, ya que pueden existir impedimentos posteriores: falta de pago de alguna cuota, inscripción errónea a materia, inscripción fuera del término, etc. El alumno que tenga algún impedimento académico-administrativo no será dado de alta en el acta de examen, teniendo que concurrir a secretaría o cobranzas para corregir el problema.
  • Se deberá presentar la libreta de estudiante en dichas mesas de exámenes y para la inscripción a los turnos.
  • La modalidad de evaluación puede variar de un turno a otro. En algunos turnos o llamados específicos el instituto puede determinar una modalidad evaluativa para todas las mesas. Consultar previamente.
  • Las mesas examinadoras se constituye con tres docentes y el horario de inicio es publicado durante la fecha de inscripción.-

4.3                   DERECHO DE EXAMEN para egresados y NO REMATRICULADOS

Una vez completado el cursado de todas las materias del último año de la carrera y luego del turno de exámenes regulares del mes de marzo de cada año  'El Establecimiento' fijará el precio del derecho de examen independientemente del plazo de regularidad.  El costo actual es de $ 50 por materia, ajustable cada año

5              ARANCELES

5.1                   ARANCEL DE CURSADO:

El arancel de cursado es indivisible y mensual. El alumno, abonará los aranceles por adelantado del 1º al 10 de cada mes, durante los meses de Febrero a Diciembre.

El alumno abonará como mínimo durante los tres primeros años el valor completo  del arancel mensual, independientemente de las materias que curse en forma regular. Los valores de las cuotas no se reducen por materias homologadas.  A partir del segundo año podrá recursar  materias y deberá abonar por las mismas según se estipula en el punto respectivo.

5.2                   DEL PAGO FUERA DE TÉRMINO

El pago fuera de término originará un recargo establecido en el contrato de servicio.

5.3                   DERECHO DE EXAMEN

Para egresados y no matriculados.

Una vez completado el cursado de todas las materias del último año de la carrera y luego del turno de exámenes regulares del mes de marzo de cada año  'El Establecimiento' fijará el precio del derecho de examen independientemente del plazo de regularidad.  Consultar costo por materia.

 5.4                  ARANCEL DE MATRICULACIÓN POR RECURSADO

Para re matricularse el alumno deberá completar el formulario de re-matriculación y pagar la matrícula correspondiente proporcional a la cantidad de materias que quiera re cursar. Por Cada materia abonará un importe mensual desde abril a diciembre. Consultar valores en Administración.

5.5                   CUOTA DE RECURSADO:

En el caso de alumnos que finalizaran sus estudios dentro de los tres años establecidos, a partir del cuarto año de cursado y subsiguientes, el alumno deberá matricularse al valor proporcional  y pagar solamente desde abril a diciembre el valor de la cuota de re-cursado.

Esta cuota por re-cursado se adicionará a la cuota mensual si el alumno fuese de segundo o tercer año.

5.6                   CUOTA MATERIA LIBRE

                        Consultar en administración. 

 5.7                  OTROS TRÁMITES ACADÉMICOS

El certificado analítico, tienen un costo de veinte pesos y debe solicitarse en secretaría. Solicitud de Programas de estudio de las carreras: Los programas tendrán un costo de $5 por materia, más $ 0.20 por copia, Si se solicita el juego completo de programas el costo será $ 30, más $ 0.20 por copia. Para realizar dicho trámite, se retendrá la libreta y su pago es por adelantado

 El certificado de alumno regular es gratuito.

 Sólo pueden realizar estos trámites quienes cuenten con el legajo completo y no adeuden cuotas por servicios educativos.

6.0                   CAMBIOS DE CARRERA O MODALIDAD.

 Los alumnos que quisieran cambiar de carrera o modalidad dentro del Instituto, deberán completar el formulario de RE MATRICULACIÓN previa solicitud por carta dirigida a la DIRECCIÓN para su aprobación.

Es decir que Administración no permitirá ningún cambio de carrera sin la autorización previa de Dirección y Secretaría no tomará ningún cambio sin el formulario de re matriculación que se expide desde cobranzas.

 Si el cambio se hiciese iniciado el año (FEBRERO) mantendrá los valores de las cuotas de la carrera original hasta la finalización del ciclo lectivo. Si el valor de la cuota de la carrera o modalidad anterior, fuese inferior, se procede a hacer el ajuste correspondiente a la cuota de mayor valor. En este único caso no deberán abonar matrícula si ya la hubiesen abonado. Sólo cambiará el valor de la cuota en caso que el alumno complete el trámite de cambio de modalidad el año anterior.


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